Áreas separadas y con control de acceso
Qué exige esta medida del Anexo II del RD 311/2022, cuándo aplica, los errores que más se repiten y las evidencias que conviene preparar. Revisado el 25 de agosto de 2026.
Qué exige, en claro
Ubicar el equipamiento en áreas separadas y dedicadas (CPD, sala técnica, armarios rack cerrados) con control de acceso físico: solo accede el personal autorizado, mediante llave, tarjeta o equivalente, y con la relación de autorizados mantenida al día.
En infraestructura contratada (CPD externo, cloud), la medida se cumple heredando los controles del proveedor — pero con evidencias: certificaciones y garantías del centro de datos recogidas en el contrato (op.ext.1). Tu parte siguen siendo las salas y armarios técnicos propios (el rack de la oficina también cuenta).
Cuándo aplica y cómo escala
Aplica con carácter general en todas las categorías, sobre el equipamiento que tengas físicamente (propio o de tu alcance). Confírmalo en la valoración formal del sistema.
Ejemplos de implementación
- SaaS en cloud pública: la protección física del CPD se hereda del proveedor (con sus certificaciones archivadas como evidencia); en la oficina, el armario de comunicaciones cerrado con llave y llaves controladas.
- Organismo con sala técnica propia: acceso con tarjeta nominativa, lista de autorizados revisada trimestralmente y visitas siempre acompañadas.
Errores habituales
- El «CPD» que es un cuarto de limpieza con la puerta abierta y el rack sin cerrar.
- Dar por heredada la seguridad del proveedor cloud sin una sola evidencia archivada.
- Lista de autorizados que incluye a tres personas que dejaron la empresa.
- Controlar el CPD y olvidar el armario de planta donde está el switch que lo conecta todo.
- Llaves o tarjetas «de la sala» compartidas sin saber cuántas copias existen.
Evidencias que suele ser razonable preparar
- Relación de áreas técnicas y su mecanismo de control de acceso.
- Lista de personas autorizadas por área, con revisiones fechadas.
- Para infraestructura contratada: garantías del proveedor (contrato, certificaciones del CPD).
- Registros de acceso o de gestión de llaves/tarjetas, según el mecanismo.
Preguntas que debería hacerse el responsable
- ¿Quién puede entrar físicamente donde viven tus servidores — y cómo lo sabes?
- ¿Qué evidencia del CPD de tu proveedor podrías enseñar mañana?
- ¿El armario técnico de la oficina está cerrado ahora mismo?
- ¿Cuándo se revisó por última vez la lista de autorizados?
Fuente oficial: Anexo II del Real Decreto 311/2022 y Guía CCN-STIC 804 · Implantación del ENS (CCN-CERT). Ficha elaborada por Roberto Mickel, fundador y CTO de ENSFácil; revisada el 25 de agosto de 2026: la aplicabilidad exacta y los refuerzos dependen de la categoría y valoración de tu sistema — verifica siempre la versión vigente de la norma y de las guías.